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Servicio de Atención al Cliente de RCI Banque Sucursal en España

 

 

INFORMACIONES GENERALES

RCI BANQUE, S.A. SUCURSAL EN ESPAÑA
Avda. de Burgos, 89 - A
Madrid 28050
C.I.F.  W0014596A

RCI BANQUE, S.A. es una sociedad de nacionalidad francesa , con domicilio en 14, avenue du Pavé Neuf – 93168 Noisy-Le-Grand, Cedex (Francia), inscrita en el Registro de Comercio de Bobigny (Francia), con el número Siren 306 523 358, y establecida en España, como “RCI BANQUE, S.A., SUCURSAL EN ESPAÑA”, con domicilio en avenida de Burgos, 89-A, 28050 Madrid, inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, al tomo 23558 general, folio 172 de la sección octava del Libro de Sociedades, Hoja número 422743.

RCI BANQUE, S.A. SUCURSAL EN ESPAÑA. ha abierto este “web  site “ para la información personal de sus usuarios. La utilización por su parte del site queda sujeta al cumplimiento de las condiciones generales de acceso y utilización detalladas más adelante ("Condiciones Generales") y al conjunto de leyes aplicables. Desde el momento en que usted decida acceder al site y que navegue por él y lo utilice, usted está aceptando sin reserva las Condiciones Generales.



DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL

           Derechos de autor y/o Derechos sobre los Diseños y Modelos

El presente site constituye una obra de la que RCI BANQUE, S.A.  es el autor según los artículos 5 y siguientes del Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual (R.D. Leg. 1/1996).
Las fotografías, textos, eslóganes, diseños, imágenes, secuencias animadas sonoras o no, así como todas las obras integradas en el site son propiedad de RCI BANQUE  o de terceros que han autorizado a RCI BANQUE para utilizarlos.


Las reproducciones, en soporte papel o informático, de todo o parte del contenido del citado site están autorizadas bajo la condición de que su uso sea estrictamente personal, que excluya todo uso con fines publicitarios y/o comerciales, o que no se contemplen dentro de los usos autorizados en los artículos 31 a 40bis del Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual (R.D. Leg. 1/1996).

A excepción de estos supuestos, toda reproducción, representación, utilización o modificación, para cualquier proceso y sea cual sea el soporte, de toda o parte del site, de todas o parte de las obras y de los modelos de los vehículos que lo componen, sin la previa autorización de RCI Banque, S.A., está estrictamente prohibida y constituye un delito tipificado en los artículos 270 y 271 del vigente Código Penal, con penas de hasta cuatro años de prisión y 24 meses de multa, sin perjuicio de la responsabilidad civil derivada del citado delito conforme a los establecido en los artículos 138 y siguientes del Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual (R.D. Leg. 1/1996).
 
           Derecho de marcas

Las marcas en su sentido genérico, contenidas en esta "Web Site" están protegidas por la ley.
La reproducción, imitación, utilización o inserción de estas marcas sin la anterior autorización de RCI BANQUE o de sus titulares respectivos constituye un delito tipificado en los artículos 274 y 276 del vigente Código Penal, penado con hasta cuatro años de prisión y hasta 24 meses de multa.

RCI BANQUE hará firme todos los derechos que la ley de propiedad intelectual e industrial prevén, ejerciendo acciones civiles o penales que corresponden contra quienes lesionen su derecho y exijan las medidas necesarias para su salvaguardia   



ESTRUCTURA DE LA WEB SITE

Este portal web dispone de un espacio público y de un espacio privado o espacio Cliente.
El espacio público es un sitio de información. Se dirige tanto al cliente de RCI BANQUE como a todo internauta. Las informaciones del sitio público no son contractuales.


El Espacio Cliente de este portal web está reservado para los clientes, titulares de uno o varios contratos con RCI BANQUE. Le permite acceder a la información concreta de dicho contrato, y efectuar determinadas peticiones de gestión del contrato, tales como, por ejemplo, modificación del domicilio o de la domiciliación bancaria. Su acceso es limitado y seguro, vía códigos de accesos personalizados para cada cliente.

Los productos y los servicios presentados sobre el sitio público como sobre el espacio Cliente son destinados a ser propuestos y utilizados según las condiciones contractuales y las tarifas vigentes, y reservados para los clientes mayores de edad residentes en territorio español. 

Las ofertas y las tarifas publicadas en este site, son los precios y baremos generales de RCI Banque S.A., Sucursal en España para los productos y servicios ofertados, estando sometida su aplicación a la aceptación de la operación por dicha Sociedad.

La inserción de datos en el presente site no constituye, en ningún caso, vinculación contractual.
Sólo la firma de una solicitud de la operación (crédito, leasing, seguros o renting) y el envío de los documentos justificativos de los datos introducidos en el site, permitirá a RCI Banque S.A., Sucursal en España pronunciarse sobre la aceptación o no de dicha solicitud.

RCI BANQUE se esfuerza por asegurar la puntual actualización de las informaciones difundidas sobre el sitio, y se reserva su derecho a corregir, en cada momento y sin aviso previo, el contenido, teniendo en cuenta la interactividad del site, sin que eso comprometa la responsabilidad de RCI BANQUE.

RCI BANQUE no será responsable de posibles daños o perjuicios que se pudieran derivar de interferencias omisiones, interrupciones, virus informáticos, averías telefónicas o desconexiones en el funcionamiento operativo de este sistema electrónico, motivadas por causas ajenas al Banco; de retrasos o bloqueos en el uso del presente sistema electrónico causados por deficiencias o sobrecargas de líneas telefónicas o sobrecargas en el Centro de Procesos de Datos del Banco, en el sistema de Internet o en otros sistemas electrónicos, así como de daños que puedan ser causados por terceras personas mediante intromisiones ilegítimas fuera del control del Banco. Asimismo, se exonera a RCI BANQUE de responsabilidad ante cualquier daño o perjuicio que pudiera sufrir el usuario como consecuencia de errores, defectos u omisiones, en la información facilitada siempre que proceda de fuentes ajenas a esta Entidad.


GESTIÓN DE PASSWORDS Y CODIGOS DE ACCESO

El acceso al Espacio Cliente se realiza en un entorno seguro. Puede obtener más información sobre este punto, consultando la rúbrica "Seguridad".

Para acceder a su Espacio Cliente, debe previamente registrarse, para lo cual debe identificarse con códigos personales. Usted es el único responsable de la conservación del carácter confidencial de sus códigos de acceso y de toda acción que podrá ser hecha bajo sus códigos de acceso.

Usted se responsabiliza de informar inmediatamente a RCI BANQUE de toda utilización no autorizada de su código de acceso, así como desconectarse al final de cada sesión. RCI BANQUE no podrá ser tenido por responsable de toda pérdida o daño que sobrevendrá en caso de falta a estas obligaciones. RCI BANQUE no podrá ser considerado responsable en caso de pérdida o problema causado por la pérdida o incumplimiento de las obligaciones.


DATOS PERSONALES Y OTROS DATOS

           Datos de carácter personal.

Le informamos que los datos personales que usted nos facilite a través de esta página, serán incorporados a las bases de datos de RCI BANQUE, S.A. SUCURSAL EN ESPAÑA.  Le informamos que de acuerdo con la legislación vigente usted tiene derecho a ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y  oposición, acreditando su personalidad en la siguiente dirección: Avda. de Burgos, 89-A, 28050 Madrid, o bien ante el responsable del fichero al domicilio señalado anteriormente.
 
           Datos de carácter tecnico

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RCI BANQUE no puede en ningún caso ser responsable de la actualización de los sites que hacen un link hipertexto desde de este portal y no tiene ninguna responsabilidad sobre el contenido, los productos, los servicios... disponibles en esos sites o a partir de esos sites.



DERECHO APLICABLE

Las presentes Condiciones Generales están sometidas al derecho español. El idioma de las Condiciones Generales es el español. En caso de litigio, los tribunales españoles serán los únicos competentes.


 
PUESTA AL DÍA DE LAS CONDICIONES GENERALES*

RCI BANQUE se reserva el derecho de modificar y actualizar en cualquier momento el acceso al site así como las Condiciones Generales. Estas modificaciones y actualizaciones afectan al usuario en el sentido de que debe acudir a esta sección para verificar las Condiciones Generales en vigor.



SEGURIDAD

           Medidas de seguridad y confidencialidad a adoptar por los usuarios del espacio cliente.

Por razones de seguridad y de confidencialidad, le recomendamos:

-    mantenga sus claves en secreto y cámbielas regularmente.
-    no proporcione por correo electrónico u otro canal sus claves de acceso.
-    compruebe que se encuentra dentro de un entorno seguro observando el candado cerrado en la barra de estado.
-    no olvide pulsar desconectar al terminar su sesión en este portal.
-    desconfíe de cualquier toma de datos personales realizada a través de Internet, en nombre de RCI BANQUE, y fuera de su sitio web seguro.
-     tomar todas las medidas necesarias para proteger sus datos y\o softwares de eventuales virus presentes en Internet, (puestas al día de su sistema operativo, instalación de un software anti-virus y de un software firewall).
-    En cada conexión, tras la introducción de sus datos, y antes de introducir la contraseña, verifique sistemáticamente la fecha de su última conexión y su ciudad de residencia lo que le permitirá detectar anomalías eventuales. Si detectase alguna anomalía en esta fecha, cambie inmediatamente su contraseña.
 


SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE DE RCI BANQUE SUCURSAL EN ESPAÑA

Se informa a los señores Clientes la existencia y disponibilidad en nuestras Oficinas de un folleto de tarifas, disponible para su consulta. Este folleto se encuentra asimismo disponible en Internet, en la página Web del Banco de España.

           Dependencias y organismos de atenciòn a clientes

Departamento de Atención al cliente de:

RCI BANQUE, S.A. SUCURSAL EN ESPAÑA.
Av. de Burgos, 89-A
Módulo B
28050 Madrid

Se puede dirigir a este Servicio:


- Por correo, a la dirección indicada
- Por fax, al número 91 379 41 15
- Por correo electrónico dirigido a atencion.clientes@rcibanque.com


Si la solución que le ofrecen no le resulta satisfactoria, el cliente podrá plantear la incidencia ante el Servicio de Reclamaciones del Banco de España,

           Servicio de reclemaciones de Banco de España (*)

Banco de España
Calle Alcalá 50
Madrid 28012


(*) De conformidad con la Norma Decimocuarta de la Circular 8/1990, de 7 de septiembre del Banco de España, para la admisión y tramitación de reclamaciones ante el Servicio de Reclamaciones del Banco de España, será imprescindible acreditar haberlas formulado previamente por escrito ante el Servicio de Reclamaciones o ante el Defensor del Cliente de la entidad de crédito.


REGLAMENTO DEL DEPARTAMENTO DE ATENCION AL CLIENTE DE RCI BANQUE, S.A. Sucursal en España

           Articulo 1 : Objeto.

El presente reglamento tiene por objeto regular la actividad del Departamento de Atención al Cliente de RCI BANQUE, S.A. Sucursal en España. El Departamento de Atención al Cliente de RCI BANQUE, S.A. Sucursal en España tendrá las competencias que establece este reglamento en relación con las quejas o reclamaciones que formulen los clientes de los servicios prestados por RCI BANQUE, S.A. Sucursal en España.


A los efectos previstos en este reglamento, tendrán la consideración de quejas las referidas al funcionamiento de los servicios prestados por RCI BANQUE, S.A. Sucursal en España, y presentadas por las tardanzas, desatenciones o cualquier otro tipo de actuación que el Cliente observe en su funcionamiento.


Tendrán la consideración de reclamaciones las presentadas por los Clientes de los servicios prestados por RCI BANQUE, S.A. Sucursal en España, que pongan de manifiesto, con la pretensión de obtener la restitución de su interés o derecho, hechos concretos referentes a acciones u omisiones de RCI BANQUE, S.A. Sucursal en España que supongan para quien las formula un perjuicio para sus intereses o derechos por incumplimiento de los contratos, de la normativa de transparencia y protección de la clientela o de las buenas practicas y usos financieros.


RCI BANQUE, S.A. Sucursal en España deberá tener a disposición de sus Clientes en todas y cada una de sus oficinas abiertas al publico, así como en su pagina web en el caso de que realice contratos por medios telemáticos, información sobre la existencia del Servicio de Atención al Cliente, y del Defensor del Cliente, si lo hubiera, con la dirección postal y electrónica de ambos, así como la obligación de la Entidad de resolver las reclamaciones y quejas presentadas por los clientes en un plazo de dos meses desde su recepción.


Asimismo, deberá incluir en la información la dirección de Comisionado para la Defensa del Cliente de Servicios Bancarios con la dirección postal y electrónica del mismo para el caso que el Cliente considere necesario acudir a el siempre con posterioridad, sea por disconformidad con la resolución o porque haya transcurrido el plazo de dos meses desde la fecha de presentación de la queja o reclamación sin que haya sido resuelta.


RCI BANQUE, S.A. Sucursal en España tendrá a disposición de los Clientes que así lo soliciten un ejemplar del presente reglamento.


La actuación del Servicio de Atención al Cliente se rige por la Orden ECO/734/, de 11 de Marzo, sobre departamentos y servicios de Atención al Cliente y el Defensor del Cliente de las entidades financieras y por la normativa aplicable en materia de transparencia y protección de la clientela.
El Servicio de Atención al Cliente será gratuito.

           Articulo 2: Responsable del Departamento de Atención al Cliente.

Al frente del DAC se nombrara un Responsable del mismo designado por RCI BANQUE, S.A. Sucursal en España.
El nombramiento hecho en consideración a su honorabilidad comercial y profesional y a su conocimiento y experiencia se comunicará al Comisionado para la defensa del Cliente de Servicios Financieros.


El Responsable del DAC será designado por periodo de dos años transcurridos los cuales podrá ser renovado en el cargo.
El Responsable del DAC cesara en el ejercicio de sus funciones por las circunstancias siguientes:


a) Por vencimiento del plazo, en su caso, para el que fue nombrado.
b) Por incapacidad sobrevenida.
c) Por haber sido condenado mediante sentencia en firme en materia penal.
d) Por renuncia expresa.
e) Por decisión de la Sociedad, fundamentada en una actuación manifiestamente negligente o impropia en el cumplimiento de las obligaciones y deberes del cargo.
f) Por movilidad interna en el Grupo RCI España, procediendo a la designación del nuevo Responsable en el mismo acto.
En caso de producirse la vacante del cargo, RCI BANQUE, S.A. Sucursal en España deberá designar, en el plazo máximo de 30 días naturales, a la persona de le sustituya.
No podrán ejercer el cargo de Responsable del DAC o de Defensor del Cliente:
a) Los fallidos concursados no rehabilitados.
b) Quienes estén inhabilitados o suspendidos, penal o administrativamente, para ejercer cargos públicos o de administración o dirección de entidades.
c) Quienes tengan antecedentes penales.
d) Los que tengan bajo su responsabilidad funciones operativas o comerciales de la entidad.

           Articulo 3: Departamento de Atención al Cliente.

Este Departamento tomara de forma autónoma sus decisiones evitando conflictos de intereses con los demás departamentos de RCI BANQUE, S.A. Sucursal en España.


Todos los Departamentos y Servicios de RCI BANQUE, S.A. Sucursal en España estarán obligados a facilitar al Departamento de Atención al Cliente cuantas informaciones este les solicite en relación con el ejercicio de sus funciones, adoptando al efecto RCI BANQUE, S.A. Sucursal en España las medidas necesarias para garantizar que la transmisión de la información responda a los principios de rapidez, seguridad, eficacia y coordinación.


RCI BANQUE, S.A. Sucursal en España se asegurará de que su DAC este dotado de los medios humanos materiales, técnicos y organizativos adecuados para el cumplimiento de sus funciones. Asimismo tomara las medidas necesarias para que el personal al servicio del DAC disponga de un conocimiento adecuado de la normativa sobre transparencia y protección del Cliente de Servicios Financieros.

           Articulo 4: Legitimación.

Están legitimados para interponer quejas o reclamaciones ante el Departamento de Atención al Cliente de RCI BANQUE, S.A. Sucursal en España todos los intervinientes en las operaciones formalizadas por dicha Entidad, cualquiera que sea la calidad en que intervengan.


Asimismo, estarán legitimados los herederos legales de los intervinientes en caso de fallecimiento de los mismos.

           Articulo 5: Plazo de presentación de quejas o reclamaciones de Clientes.

El plazo para la presentación de las quejas o reclamaciones por los Clientes de RCI BANQUE, S.A. Sucursal en España, sobre los servicios prestados, será de dos años desde la fecha en que el Cliente tuviera conocimiento de los hechos causantes de la queja o reclamación.

           Articulo 6: Presentación de Quejas o reclamaciones.

Las reclamaciones de los Clientes de RCI BANQUE, S.A. Sucursal en España podrán ser dirigidas a:


- Dirección General de RCI BANQUE, S.A. Sucursal en España.
- Departamento de Atención al Cliente de RCI BANQUE, S.A. Sucursal en España. A la fecha de aprobación del presente reglamento, RCI BANQUE, S.A. Sucursal en España, únicamente dispone de oficinas abiertas al público en Madrid, Avda. de Burgos, 89ª, por lo que las reclamaciones las podrán remitir los clientes por los siguientes medios:


a) Carta dirigida a RCI BANQUE, S.A. Sucursal en España
Departamento de Atención al Cliente.
Avda. de Burgos, 89A
28050 Madrid.
b) Fax remitido al teléfono número 91.379 41 15
c) Correo electrónico dirigido a: atencion.clientes@rcibanque.com, siempre que se ajuste a las exigencias previstas en la ley 59/2003 de 19 de Diciembre de firma electrónica.
La fecha de presentación de la queja o reclamación, por cualquiera de los medios indicados, será la que determine el inicio del plazo de dos meses que tiene el Departamento para resolver la misma.

           Articulo 7: Forma y Contenido de las reclamaciones de los Clientes.

La reclamación o queja se presentara en documento en el que se hará constar:
- Nombre, Apellidos y domicilio del reclamante y en su caso de la persona que lo represente, con la correspondiente justificación de dicha representación, número del DNI para las personas físicas y datos referidos a registro público para las personas jurídicas.
- Motivo de la queja o reclamación, con especificación clara de las cuestiones sobre las que se solicita el pronunciamiento del órgano de defensa del cliente que corresponda.
- Oficina u oficinas donde se hubieran producido los hechos objeto de queja o reclamación.
- Lugar, fecha y firma.
- El reclamante deberá aportar, junto al documento anterior, las pruebas documentales en que se fundamente su queja o reclamación.

           Articulo 8: Admisión a tramite de quejas o reclamaciones.

Recibida la queja o reclamación esta podrá ser admitida a tramite por el Departamento de Atención al Cliente donde, en ese caso, se procederá a la apertura del correspondiente expediente.


El DAC acusara recibo por escrito de la citada reclamación indicando en el mismo la fecha de presentación a efectos de cómputo del plazo de dos meses que tiene el Departamento para resolver la queja o reclamación.


El DAC podrá, caso de no encontrarse suficientemente acreditada la identidad del reclamante, o la representación en que actúa, o no se pueda establecer con claridad los hechos objeto de la queja o reclamación, requerir al reclamante para completar la documentación remitida en el plazo de diez días con apercibimiento de que si así no lo hiciese se archivara la queja o reclamación sin mas tramite.


Dicho requerimiento interrumpirá el plazo para la resolución del expediente, volviéndose a reanudar una vez recibida la documentación requerida.


Se rechazara la admisión a trámite de las quejas o reclamaciones en los casos siguientes:
- Cuando se omitan datos esenciales para la tramitación no subsanables, incluidos los supuestos en los que no se concrete el motivo de la queja o reclamación.
- Cuando se pretendan tramitar como quejas o reclamaciones los recursos o acciones distintos cuyo conocimiento sea competencia de los órganos administrativos, arbítrales o judiciales o la misma se encuentre pendiente de resolución o litigio.
- Cuando los hechos, razones y solicitud en que se concreten las cuestiones objeto de reclamación o queja no se refieran a operaciones concretas.
- Cuando se formulen reclamaciones o quejas que reiteren otras anteriores resueltas.
- Cuando hubiera transcurrido el plazo para la presentación de quejas y reclamaciones


Admitida a trámite una queja o reclamación, si el DAC tiene conocimiento de que la misma es objeto de un procedimiento administrativo arbitral o judicial sobre la misma materia se abstendrá de continuar la tramitación comunicando este hecho al reclamante.


En caso de no admisión a tramite por alguna de las causas relacionadas se comunicara al interesado mediante decisión motivada dándole un plazo de diez días naturales para que presente sus alegaciones. Cuando el interesado hubiera contestado y se mantengan las causas de inadmisión se le comunicará la decisión final adoptada.

           Articulo 9: Tramitación de quejas o reclamaciones.

El DAC podrá recabar en el curso de la tramitación de los expedientes, tanto del reclamante como de los distintos departamentos y servicios de RCI BANQUE, S.A. Sucursal en España, cuantos datos, aclaraciones, informes o elementos de prueba que considere pertinentes para adoptar su decisión.

           Articulo 10: Allanamiento o desistimiento.

Si a la vista de la queja o reclamación, RCI BANQUE, S.A. Sucursal en España rectificase su situación con el reclamante a satisfacción de este, deberá comunicarlo a la instancia competente y justificarlo documentalmente, salvo que existiere desistimiento expreso del interesado. En tales casos, se procederá al archivo de la queja o reclamación sin más tramite.
Los interesados podrán desistir de sus quejas y reclamaciones en cualquier momento.


El desistimiento dará lugar a la finalización inmediata del procedimiento en lo que a la relación con el interesado se refiere.

           Articulo 11: Finalización y notificación.

El expediente deberá finalizar en el plazo máximo de dos meses a partir de la fecha de presentación de la queja o reclamación.


La resolución que ponga fin al expediente será motivada y contendrá unas condiciones claras sobre la solicitud planteada en cada queja o reclamación, haciendo referencia a las cláusulas contractuales, así como a las normas de transparencia y protección de la clientela aplicable.


En caso de que la decisión se aparte de los criterios mantenidos en expedientes anteriores sobre objeto similar, deberán aportarse las razones que justifiquen el cambio de criterio.


La decisión será notificada por escrito a los interesados en un plazo de diez días naturales a contar desde su fecha.
En el supuesto de que el Departamento de Atención al cliente no dicte resolución que resuelva el expediente de queja o reclamación, en el plazo de dos meses antes referido, el cliente podrá dirigirse al Comisionado para la Defensa del Cliente de Servicios Financieros, acreditando el transcurso de dos meses desde la presentación de la queja o reclamación, sin haber obtenido respuesta.

           Articulo 12: Recursos.

Las decisiones con que finalicen los procedimientos de tramitación de quejas o reclamaciones mencionaran expresamente la facultad que asiste al reclamante para, en caso de disconformidad con el pronunciamiento, acudir al Comisionado para la Defensa del Cliente de Servicios Financieros que corresponda.

           Articulo 13: Relación con los Comisionados.

El DAC deberá atender, por medio de una persona designada al efecto, los requerimientos que los Comisionados para la Defensa del Cliente de los Servicios Financieros puedan efectuarles en el ejercicio de sus funciones, en los plazos que estos determinen, de conformidad con lo establecido.


RCI BANQUE, S.A. Sucursal en España adoptará las decisiones necesarias para facilitar la transmisión de los datos y documentos que sean necesarios en el ejercicio de sus funciones con los citados Comisionados, para que estas sean efectuadas por medios telemáticos mediante el uso de la firma electrónica, de conformidad con lo establecido en el articulo 4 de la Ley 59/2003, de 19 de Diciembre y su normativa de desarrollo.

           Articulo 14: Informe anual.

Dentro del primer trimestre de cada año, el DAC presentara al Director General de RCI BANQUE, S.A. Sucursal en España un informe explicativo del desarrollo de su función durante el ejercicio precedente, en el que se recogerá:


a) Resumen estadístico de las quejas y reclamaciones atendidas, con información sobre su numero, admisión a trámite y razones de indagación, motivos y cuestiones planteadas en las quejas y reclamaciones y cuantía e importes afectados.
b) Resumen de las decisiones dictadas, con indicación del carácter favorable o desfavorable para el reclamante.
c) Criterios generales contenidos en las decisiones.
d) Por ultimo, se incluirán las recomendaciones o sugerencias derivadas de su experiencia, con vistas a una mejor consecución de los fines que informan la actuación del DAC.


Un resumen del informe se integrara en la memoria anual de la entidad.

TERCERO

De acuerdo con lo previsto en la Orden ECO/734/2004 de 11 de marzo, este Reglamento se someterá a verificación del Banco de España, en cuanto organismo que tiene atribuida la competencia de control e inspección de la Sociedad.
En Madrid, a 20 de abril de 2007.